Resolución de 9 de junio de 2014, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas del «Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas en Andalucía» y se establecen las bases reguladoras de dicha convocatoria.

Iniciativa dotada con 4,5M € en ayudas para fomentar la migración y desarrollo de soluciones empresariales en la “nube” por parte de pymes y autónomos de esta comunidad, que desempeñen su actividad dentro de sector de las TIC.
 
Se podrán beneficiar entre 75 y 120 empresas.
 
Red.es subvenciona un mínimo de 20.000 € y un máximo de 60.000 € con el siguiente esquema: Red.es subvenciona el 80% del coste de la actuación  (impuestos indirectos excluidos) y el beneficiario el 20% restante y los impuestos indirectos del total de la actuación.
Plazo de solicitud abierto hasta el 23 de julio de 2014.

Organismo convocante: Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Administración convocante: Estatal

Medio de publicación: BOE

Número de publicación: 153

Solicitantes:Ser pymes (incluyendo trabajadores autónomos) que cumplan, y acrediten mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los siguientes requisitos específicos:
a) Haber sido constituida con antelación a la publicación de las presentes Bases.
b) Tener una plantilla menor de 250 empleados. Este requisito estará referido a la plantilla media de los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud.
c) Tener un volumen de negocios anual que no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros. Este requisito estará referido al último ejercicio económico cerrado.
d) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) No tratarse de una empresa de naturaleza pública, entidad de derecho público, entidad sin ánimo de lucro, participada mayoritariamente por éstas, ni las empresas, de cualquier tipo, que tengan por actividad la gestión de un servicio público.
f) No tratarse de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, asociaciones o fundaciones.
g) No tratarse de comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
h) Que tanto su domicilio social como el centro de trabajo en el que estén adscritos los recursos humanos que participen en el proyecto estén ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
i) Ser pyme que ejerce su actividad dentro de Sector de las TIC con un proyecto de migración o desarrollo de una solución software para pymes en modo Software as a Service.
j) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como del pago de las obligaciones de rembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
k) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
l) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 1 apartado 7 del Reglamento (CE) n.º 800/2008, de 6 de agosto, de la Comisión Europea en relación a las pymes y conforme a lo dispuesto en el apartado 2.1 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (2004/C 244/02) en relación a las grandes empresas, todo ello a tenor de lo establecido en el artículo 15 del citado Reglamento (CE) n.º 800/2008.

Fin del plazo: 22 de julio de 2014

Enlaces relacionados:

Enlace convocatoria: http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/24/pdfs/BOE-A-2014-6641.pdf

 
Información en RED.es sobre Cloud Computing Andalucía: http://www.red.es/redes/actuaciones/fomento-soluciones-cloud-Andalucia